TALLER DE LA LEY 1014
- de acuerdo al articulo primero de la ley 1014 cuales son las definiciones que se plantean
- cuales son los objetos de la ley
- mencione los principios de la ley
- que instituciones pertenecen a la red nacional de empredimiento
- cuales son los objetos de las redes de emprendimiento
- mencione las funciones de las redes de emprendimiento
- que son mesas de trabajo
- cuales son los objetos de l mesa de trabajo
- en que consiste los objetivos de la formación de emprendimiento
- según el articulo 13 de la ley la enseñanza obligatoria debe cumplir con?
SOLUCIÓN
2. a) Promover el
espíritu emprendedor en todos los estamentos educativos del país, en el cual se
propenda y trabaje conjuntamente sobre los principios y valores que establece
la Constitución y los establecidos en la presente ley;
b) Disponer de un
conjunto de principios normativos que sienten las bases para una política de
Estado y un marco jurídico e institucional, que promuevan el emprendimiento y
la creación de empresas;
c) Crear un marco
interinstitucional que permita fomentar y desarrollar la cultura del
emprendimiento y la creación de empresas;
d) Establecer
mecanismos para el desarrollo de la cultura empresarial y el emprendimiento a
través del fortalecimiento de un sistema público y la creación de una red de
instrumentos de fomento productivo;
e) Crear un vínculo
del sistema educativo y sistema prod uctivo nacional mediante la formación en
competencias básicas, competencias laborales, competencias ciudadanas y
competencias empresariales a través de una cátedra transversal de
emprendimiento; entendiéndose como tal, la acción formativa desarrollada en la
totalidad de los programas de una institución educativa en los niveles de
educación preescolar, educación básica, educación básica primaria, educación
básica secundaria, y la educación media, a fin de desarrollar la cultura de
emprendimiento;
f) Inducir el
establecimiento de mejores condiciones de entorno institucional para la
creación y operación de nuevas empresas;
g) Propender por el
desarrollo productivo de las micro y pequeñas empresas innovadoras, generando
para ellas condiciones de competencia en igualdad de oportunidades, expandiendo
la base productiva y su capacidad emprendedora, para así liberar las
potencialidades creativas de generar trabajo de mejor calidad, de aportar al
sostenimiento de las fuentes productivas y a un desarrollo territorial más
equilibrado y autónomo;
h) Promover y
direccionar el desarrollo económico del país impulsando la actividad productiva
a través de procesos de creación de empresas competentes, articuladas con las
cadenas y clusters productivos reales relevantes para la región y con un alto
nivel de planeación y visión a largo plazo;
i) Fortalecer los
procesos empresariales que contribuyan al desarrollo local, regional y
territorial;
j) Buscar a través
de las redes para el emprendimiento, el acompañamiento y sostenibilidad de las
nuevas empresas en un ambiente seguro, controlado e innovador.
1.a) Cultura:
Conjunto de valores, creencias, ideologías, hábitos, costumbres y normas, que comparten
los individuos en la organización y que surgen de la interrelación social, los
cuales generan patrones de comportamiento colectivos que establece una
identidad entre sus miembros y los identifica de otra organización;
b) Emprendedor:
Es una persona con capacidad de innovar; entendida esta como la capacidad de
generar bienes y servicios de una forma creativa, metódica, ética, responsable
y efectiva;
c) Emprendimiento:
Una manera de pensar y actuar orientada hacia la creación de riqueza. Es
una forma de pensar, razonar y actuar centrada en las oportunidades, planteada
con visión global y llevada a acabo mediante un liderazgo equilibrado y la
gestión de un riesgo calculado, su resultado es la creación de valor que
beneficia a la empresa, la economía y la sociedad;
d) Empresarialidad:
Despliegue de la capacidad creativa de la persona sobre la realidad que le
rodea. Es la capacidad que posee todo ser humano para percibir e
interrelacionarse con su entorno, mediando para ello las competencias
empresariales;
e) Formación
para el emprendimiento. La formación para el emprendimiento busca el
desarrollo de la cultura del emprendimiento con acciones que buscan entre otros
la formación en competencias básicas, competencias laborales, competencias
ciudadanas y competencias empresariales dentro del sistema educativo formal y
no formal y su articulación con el sector productivo;
f) Planes de
Negocios. Es un documento escrito que define claramente los objetivos de un
negocio y describe los métodos que van a emplearse para alcanzar los objetivos.
La educación debe
incorporar, en su formación teórica y práctica, lo más avanzado de la ciencia y
de la técnica, para que el estudiante esté en capacidad de crear su propia
empresa, adaptarse a las nuevas tecnologías y al avance de la ciencia, de igual
manera debe actuar como emprendedor desde su puesto de trabajo.
3.Artículo 3°. Principios
generales. Los principios por los cuales se regirá toda actividad de
emprendimiento son los siguientes:
a) Formación
integral en aspectos y valores como desarrollo del ser humano y su comunidad,
autoestima, autonomía, sentido de pertenencia a la comunidad, trabajo en
equipo, solidaridad, asociatividad y desarrollo del gusto por la innovación y
estímulo a la investigación y aprendizaje permanente;
b) Fortalecimiento
de procesos de trabajo asociativo y en equipo en torno a proyectos productivos
con responsabilidad social;
c) Reconocimiento
de la conciencia, el derecho y la responsabilidad del desarrollo de las
personas como individuos y como integrantes de una comunidad;
d) Apoyo a procesos
de emprendimiento sostenibles desde la perspectiva social, cultural, ambiental
y regional.
4.Artículo 5°. Red
Nacional para el Emprendimiento. La Red Nacional para el Emprendimiento,
adscrita al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, o quien haga sus
veces, estará integrada por delegados de las siguientes entidades e
instituciones:
1. Ministerio de
Comercio, Industria y Turismo quien lo presidirá.
2. Ministerio de
Educación Nacional.
3. Ministerio de la
Protección Social.
4. La Dirección
General del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena.
5. Departamento
Nacional de Planeación.
6. Instituto
Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología “Francisco José de
Caldas”, Colciencias.
7. Programa
Presidencial Colombia Joven.
8. Tres
representantes de las Instituciones de Educación Superior, designados por sus
correspondientes asociaciones: Universidades (Ascun), Instituciones
Tecnológicas (Aciet) e Instituciones Técnicas Profesionales (Acicapi) o quien
haga sus veces.
9. Asociación Colombiana de Pequeñas y Medianas
Empresas, Acopi.
10. Federación
Nacional de Comerciantes, Fenalco.
11. Un
representante de la Banca de Desarrollo y Microcrédito.
12. Un
representante de las Asociaciones de Jóvenes Empresarios, designado por el
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
13. Un
representante de las Cajas de Compensación Familiar.
14. Un representante de las Fundaciones dedicadas al
emprendimiento.
15. Un
representante de las incubadoras de empresas del país.
5.Artículo 7°. Objeto de las redes para el emprendimiento. Las
redes de emprendimiento se crean con el objeto de:
a) Establecer políticas y directrices orientadas al fomento de la
cultura para el emprendimiento;
b) Formular un plan estratégico nacional para el desarrollo integral de
la cultura para el emprendimiento;
c) Conformar las mesas de trabajo de acuerdo al artículo 10 de esta
ley;
d) Ser articuladoras de organizaciones que apoyan a cciones de
emprendimientos innovadores y generadores de empleo en el país;
e) Desarrollar acciones conjuntas entre diversas organizaciones que
permitan aprovechar sinergias y potenciar esfuerzos para impulsar
emprendimientos empresariales;
f) Las demás que consideren necesarias para su buen funcionamiento.
6.Artículo 8°. Funciones de las Redes para el Emprendimiento. Las
Redes para el Emprendimiento tendrán las siguientes funciones:
a) Conformar el observatorio permanente de procesos de emprendimiento y
creación de empresas “SISEA empresa”, el cual servirá como sistema de
seguimiento y apoyo empresarial;
b) Proponer la inclusión de planes, programas y proyectos de desarrollo
relacionados con el emprendimiento;
c) Ordenar e informar la oferta pública y privada de servicios de
emprendimiento aprovechando los recursos tecnológicos con los que ya cuentan
las entidades integrantes de la red;
d) Proponer instrumentos para evaluar la calidad de los programas
orientados al fomento del emprendimiento y la cultura empresarial, en la
educación formal y no formal;
e) Articular los esfuerzos nacionales y regionales hacia eventos que
fomenten el emprendimiento y la actividad emprendedora y faciliten el
crecimiento de proyectos productivos;
f) Establecer pautas para facilitar la reducción de costos y trámites
relacionados con la formalización de emprendimientos (marcas, patentes,
registros Invima, sanitarios, entre otros);
g) Propiciar la creación de redes de contacto entre inversionistas,
emprendedores e instituciones afines con el fin de desarrollar proyectos
productivos;
h) Proponer instrumentos que permitan estandarizar la información y
requisitos exigidos para acceder a recursos de cofinanciación en entidades
gubernamentales;
i) Estandarizar criterios de calidad para el desarrollo de procesos y
procedimientos en todas las fases del emprendimiento empresarial;
j) Emitir avales a los planes de negocios que concursen para la
obtención de recursos del Estado, a través de alguna de las entidades
integrantes de la red.
7.Las mesas de trabajo son un espacio de discusión y análisis para que
todas las instituciones que conforman la Red, se sientan partícipes y logren
desarrollar acciones con base en los lineamientos contemplados por las mismas.
Podrán convertirse en interlocutores válidos de las instituciones responsables
de la operación.
8.Artículo 11. Objeto de las mesas de trabajo. Las mesas de
trabajo conformadas por las redes de emprendimiento tendrán el siguiente
objeto:
1. Sensibilización: Trabajar en el diseño y ejecución de un
discurso unificado, orientado a motivar a la gente para que se involucre en el
emprendimiento. Lograr masificación del mensaje con una utilización más
eficiente de los recursos.
2. Formación: Unificar criterios de formación. Formar
Formadores. Extender la Formación a colegios públicos y privados.
3. Preincubación:
(Planes de Negocio): Identificar Oportunidades de Negocio y proponer una
metodología de Plan de Negocios orientado a simplificar procesos en la región y
adecuarlos a la toma de decisiones de inversionistas y del sector financiero.
4. Financiación:
Impulsar y recoger en un sistema las fuentes de recursos financieros para los
emprendimientos que se desarrollan en la región, permitiendo pasar de los
estudios de factibilidad a empresas del sector real. Además deben proponer
nuevos mecanismos viables de estructuración financiera (capital semilla,
capital de riesgo, préstamos, financiación e inversionistas) a nivel nacional e
internacional.
5. Creación de
Empresas: La iniciación de operaciones de las empresas para que alcancen su
maduración en el corto plazo y se garantice su autosostenibilidad. Buscar
mecanismos para resolver problemas de comercialización e incentivar la
investigación de nuevos mercados y nuevos productos.
6. Capacitación
Empresarial y Sostenibilidad: Diseñar y dinamizar un modelo que
diagnostique la gestión de las empresas (mercados, finanzas, técnicos, etc.) y
faciliten planes de acción que permitan el mejoramiento continuo de las mismas
y su sostenibilidad en el largo plazo.
7. Sistemas de
Información: Articular y estructurar toda la información generada en las
Mesas de Trabajo en un Sistema de Información, facilitando la labor de las
instituciones participantes de la Red y en beneficio de los emprendedores,
proporcionando información sobre costos y tiempos de los procesos de
emprendimiento por entidad oferente. Esta información será un insumo para los
programas de formación de emprendedores.
9.Artículo 12. Objetivos
específicos de la formación para el emprendimiento. Son objetivos
específicos de la formación para el emprendimiento:
a) Lograr el
desarrollo de personas integrales en sus aspectos personales, cívicos, sociales
y como seres productivos;
b) Contribuir al
mejoramiento de las capacidades, habilidades y destrezas en las personas, que
les permitan emprender iniciativas para la generación de ingresos por cuenta
propia;
c) Promover
alternativas que permitan el acercamiento de las instituciones educativas al
mundo productivo;
d) Fomentar la
cultura de la cooperación y el ahorro así como orientar sobre las distintas
formas de asociatividad.
10.Artículo
13. Enseñanza obligatoria. En todos los establecimientos oficiales o
privados que ofrezcan educación formal es obligatorio en los niveles de la
educación preescolar, educación básica, educación básica primaria, educación
básica secundaria, y la educación media, cumplir con:
1. Definición de un
área específica de formación para el emprendimiento y la generación de
empresas, la cual debe incorporarse al currículo y desarrollarse a través de
todo el plan de estudios.
2. Transmitir en
todos los niveles escolares conocimiento, formar actitud favorable al
emprendimiento, la innovación y la creatividad y desarrollar competencias para
generar empresas.
3. Diseñar y
divulgar módulos específicos sobre temas empresariales denominados “Cátedra
Empresarial” que constituyan un soporte fundamental de los programas educativos
de la enseñanza preescolar, educación básica, educación básica primaria,
educación básica secundaria, y la educación media, con el fin de capacitar al
estudiante en el desarrollo de capacidades emprendedoras para generar empresas
con una visión clara de su entorno que le permita asumir retos y
responsabilidades.
4. Promover
actividades como ferias empresariales, foros, seminarios, macrorruedas de
negocios, concursos y demás actividades orientadas a la promoción de la cultura
para el emprendimiento de acuerdo a los parámetros establecidos en esta ley y
con el apoyo de las Asociaciones de Padres de Familia.